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miércoles, 27 de marzo de 2019



INTRODUCCIÓN

La auditoría de proyectos de inversión pública es la acumulación y examen objetivo, sistemático e independiente de evidencia con el propósito de expresar una opinión sobre el desempeño de todo o parte de un proyecto de inversión pública y/o de la entidad gestora del mismo.
La auditoría de proyectos de inversión pública comprende:

La auditoría de proyectos (preinversión, ejecución, operación), es decir:

Auditoría de fases o etapas concluidas.
Consiste en evaluar el logro de los resultados y/o el cumplimiento de disposiciones legales aplicables relacionadas con el objeto de auditoría. Si corresponde se evaluará, por ejemplo en función dela importancia del objeto de la auditoría, la pertinencia de opinar sobre la eficiencia y/o la economía con que se lograron los resultados de la fase o etapa objeto del examen.

La verificación del cumplimiento de obligaciones contractuales se efectuará a través de una auditoría especial.

Auditoría de fases o etapas sin concluir.
Consiste en evaluar si los sistemas operativos diseñados y los efectivamente implementados aseguran:
- el logro de los objetivos; y/o
- la utilización eficiente de los recursos en el funcionamiento del sistema; y/o
- el uso económico de los recursos en el funcionamiento del sistema; y/o
- el acatamiento de la legislación y normativa aplicable.

La auditoría de entidades gestoras de proyectos de inversión pública, únicamente en el ámbito de estos proyectos; que consiste en evaluar si la entidad:

·         Ha diseñado e implementado sistemas eficaces.
·         Adquiere, custodia y emplea sus recursos eficiente y económicamente.
·         Cumple con leyes y regulaciones aplicables; y
·         Ha cumplido sus objetivos de la entidad;

En la auditoría de proyectos de inversión pública se han definido los siguientes enfoques:

a) enfoque de eficacia

- En programas, proyectos, fases o etapas concluidos, la eficacia se establecerá a través de la relación entre los resultados logrados y los objetivos previstos.

- En programas, proyectos, fases o etapas sin concluir, la eficacia se determinará a través de la capacidad que poseen los sistemas vinculados, para conseguir los objetivos planeados, así como la efectividad de los controles internos asociados.

- En entidades gestoras de proyectos de inversión pública; la eficacia se establecerá a través de la potencialidad de los sistemas operativos, de administración y de información y del control interno asociado, implantados para asegurar la consecución de los objetivos de la entidad.

b) enfoque de eficiencia y economía

Los resultados de eficiencia y economía alcanzados por un programa, proyecto, fase, etapa u operación, están respectivamente relacionados con:

- Alcanzar los objetivos planeados usando la mínima cantidad de recursos requeridos.
- Minimizar el costo unitario de los recursos requeridos para conseguir los objetivos establecidos.

c) enfoque de cumplimiento

- En programas, proyectos, fases o etapas concluidos, el enfoque se relaciona con el cumplimiento del ordenamiento jurídico administrativo y otras normas legales aplicables, y regulaciones vinculadas con las operaciones consideradas.

- En programas, proyectos, fases o etapas sin concluir, el enfoque se relaciona con el acatamiento al ordenamiento jurídico administrativo y otras normas legales aplicables, para diseñar e implementar los sistemas y el control interno asociados al objeto de auditoría.
- Cuando se trate de entidades gestoras de proyectos de inversión pública, el enfoque se refiere al cumplimiento del ordenamiento jurídico administrativo y otras normas legales aplicables, relacionadas con el objeto de la auditoría y al cumplimiento de los objetivos institucionales.

Para una adecuada comprensión de las normas de auditoría de proyectos de inversión pública, se deben considerar los siguientes conceptos:

Programa de inversión pública: conjunto de proyectos de inversión pública.

Proyecto de inversión pública: de manera general se entiende por proyecto de inversión pública toda solución a cargo de una entidad gubernamental que se idealiza y materializa con la finalidad de satisfacer una o más necesidades de la colectividad o de la propia institución, y puede tratarse de obras, servicios o adquisición de bienes, para cuya ejecución, consecución u obtención, respectivamente, se emplean recursos públicos.

La aplicación de la Auditoria de Proyectos de Inversion Publica en las cuentas “Construcciones en Proceso de Bienes de Dominio Público”, tiene como objetivo su regularización en los estados financieros de los Gobiernos Autonomos Municipales de Bolivia es vigentes y otra normativa inherente al tema.

El trabajo de auditoría se realizó de acuerdo con las Normas de Auditoría Gubernamental emitidas por la Contraloría General del Estado aprobada mediante Resolución CGE/094/2012 del 27 de agosto de 2012, la Ley Nº 1178 de Administración y Control Gubernamental, sus Decretos Supremos Reglamentarios, así como la Ley  Nº482 de los Gobiernos Autónomos Municipales del 09/01/2014,Ley Nº 031 Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”, Decreto Supremo Nº 23318 – A, Reglamento de Responsabilidad por la Función Pública, Decreto Supremo Nº  26237, de Modificación  del  Reglamento  de  Responsabilidad  por  la  Función Pública y otros.

PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

Los Gobiernos Autónomos Municipales en Bolivia; regulada por la Ley N° 1178 de Administración y Control Gubernamentales, y en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 27, inciso e) de la precitada Ley que establece que todas las Entidades de la Administración Pública definidas en los artículos 3º y 4º, deben presentar sus Estados Financieros, adjuntando el Informe del Auditor Interno, hasta el 31 de marzo de la siguiente gestión, (modificado en el plazo de presentación al 28 de Febrero según el Artículo 22 de la Ley N° 062 Ley del Presupuesto General del Estado, del 28/11/2010, y Decreto Supremo N° 756 del 29/12/2010), cuyo incumplimiento es causal de Responsabilidad por la Función Pública.
Los Estados Financieros de los Gobiernos Municipales presentados al Ministerio de Economia y Finanzas Publicas con informe de Auditor Interno o Auditor Externo, se evidencia que el saldo de la cuenta del activo no corriente “Construcciones en Proceso de Bienes de Dominio Publico” se incrementa de gestión a gestión, sin que la misma sea regularizada conforme a procedimientos contables y legales, esto debido fundamentalmente a que los Gobiernos Municipales no cuenta con la información suficiente y competente para la regularización de esta cuenta, en el peor de los casos no se cuenta con documentación alguna, este saldo viene desde gestiones anteriores y es punto de dictamen en los informes de Auditoria de Confiabilidad o financiera por la materialidad del saldo expuesto en los Estados Financieros.

La aplicación de la auditoría de Proyectos de Inversión Publica en los Gobiernos Municipales coadyuvara a la regularización y formalización de este saldo en los estados financieros.

 FORMULACION DEL PROBLEMA

El desarrollo de las etapas de planificación, trabajo de campo y Comunicación de Resultados del Examen de la documentación existente en los Gobiernos Municipales, cuenta “Construcciones en Proceso de Bienes de Dominio Público” y su contra cuenta “Patri tendientes a eliminar o minimizar las causas que originan las deficiencias identificadas durante el examen, para que las mismas sean cumplidas oportunamente.

OBJETIVO

Emitir un informe sobre la composición final del saldo de la cuenta: “Construcciones en Proceso de Dominio Público” y “Patrimonio Público” del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, a fecha preestablecida, cuya opinión deberá estar sustentada en forma suficiente, competente y pertinente por las evidencias acumuladas y contenidas en los papeles de trabajo, para que los Gobiernos Municipales regularicen los saldos expuestos en los Estados Financieros, en aplicación de las Normas de Auditoría Gubernamental para Auditoria de Proyectos de Inversión Publica.

OBJETICO ESPECIFICO.

En aplicación de las Normas de Auditoría Gubernamental para Auditoría de Proyectos de Inversión Publica, es la acumulación y evaluación objetiva de evidencia para establecer e informar sobre el grado de correspondencia entre la información examinada y los criterios establecidos. donde los objetivos específicos son los siguientes:



Construcciones en Proceso de Dominio Público y Patrimonio Público.

Establecer que los saldos de las cuentas: “Construcciones en Proceso de Bienes de Dominio Público” y “Patrimonio Público”, estén registrados, expuestos y valuados de acuerdo con Principios de Contabilidad Integrada
1.       Establecer que los saldos de las cuentas: “Construcciones en Proceso de Bienes de Dominio Público” y “Patrimonio Público”, estén registrados, expuestos y valuados de acuerdo con Principios de Contabilidad Integrada (Exposicion).
2.      Determinar si el Gobierno Municipal es propietario de los predios municipales donde se ejecutaron las construcciones de bienes de dominio público. (Propiedad).
3.      Verificar que las Cuentas “Construcciones en Proceso de Bienes de Dominio Público” y “Patrimonio Público”, se encuentran adecuadamente valuadas de acuerdo normas de contabilidad integrada. (Valuacion).
4.      Establecer la existencia física de las construcciones en proceso de bienes de dominio público registrados en los estados financieros del Gobierno Municipal acompañado con informe de Auditoría Financiera y/o Confiabilidad. (Existencia).
5.      Determinar si las altas y bajas de las cuentas: “Construcciones en Proceso de Bienes de Dominio Público” y “Patrimonio Público”, se encuentran registradas de forma íntegra y exacta. (Integridad y Exactitud).

JUSTIFICACION
Justificación Metodológica

Para cumplir con los objetivos planteados se aplicó las Normas de Auditoría Gubernamental para Auditorías de Proyectos de Inversión Publica (NAG 210) que establece que la auditoría debe planificarse de tal forma que los objetivos del examen sean alcanzados eficientemente; para tal efecto se aplicó los siguientes métodos:

Método Analítico:
Implica la segregación de un todo en sus partes o elementos constitutivos, de forma que se analice la cuenta: “Construcciones en Proceso de Bienes de Dominio Público” y “Patrimonio Público”.

Método Deductivo:
Se aplicarán los Principios, Normas de Auditoría Gubernamental y Procedimientos establecidos por Instancias Autorizadas para aplicarlos en hechos individuales y particulares por deducción.

Justificación Teórica

El trabajo propuesto comprende las etapas de Planificación, Ejecución y Comunicación de Resultados, que será realizado en cumplimiento al Programa Operativo Anual (POA) de la Unidad de Auditoría Interna de los Gobiernos Municipales, conforme lo previsto en el artículo 42 de la Ley N° 1178 establece que la Contraloría podrá contratar los servicios de firmas o profesionales calificados e independientes u ordenar a las entidades del Sector Público y a las personas comprendidas en el artículo 5 de la presente Ley, la contratación de dichos servicios, señalando los alcances del trabajo, cuando requiera asesoría o auditoría externa especializada o falten los recursos profesionales necesarios para ejecutar los trabajos requeridos. En todos los casos la contratación se sujetará al reglamento que al efecto expida la Contraloría General de acuerdo con las Normas de Auditoría Gubernamental aplicables para Auditorías de Proyectos de Inversión Pública (NAG 210) aprobadas por la Contraloría General del Estado mediante Resolución CGR/094/2012 del 27 de agosto de 201211.

Justificación Práctica

La practica del presente Trabajo de Auditoría de Proyectos de Inversion Publica, nos permite aplicar los conocimientos y experiencia adquiridos durante el ejercicio profesional, específicamente se pretende examinar el saldo de la cuenta: “Construcciones en Proceso de Bienes de Dominio Público” y su contra cuenta “Patrimonio Público” de los Gobiernos Autónomos Municipales a fecha de corte, con el propósito de verificar si los mismos se encuentran registrados y expuestos de acuerdo con Normas del Sistema de Contabilidad Integrada y la Norma Básica del Sistema de Presupuesto. Para su posterior regularización en su saldo a fecha de cierre.

Justificación Práctica

La práctica del presente Trabajo de Auditoría de Proyectos de Inversion Publica, nos permite aplicar los conocimientos y experiencia adquiridos durante el ejercicio profesional, específicamente se pretende examinar el saldo de la cuenta: “Construcciones en Proceso de Bienes de Dominio Público” y su contra cuenta “Patrimonio Público” de los Gobiernos Autónomos Municipales a fecha de corte, con el propósito de verificar si los mismos se encuentran registrados y expuestos de acuerdo con Normas del Sistema de Contabilidad Integrada y la Norma Básica del Sistema de Presupuesto. Para su posterior regularización en su saldo a fecha de cierre.

MARCO CONCEPTUAL 

El marco conceptual de la cuenta de activo no corriente “Construcciones en Proceso de Bienes de Dominio Público” está referido a regularizar el saldo de esta cuenta que se incrementa año tras año en los estados financieros de los 338 Gobiernos Autónomo Municipales del Estado Plurinacional de Bolivia, siendo su naturaleza transitoria, el saldo de esta cuenta no está siendo objeto de regularización conforme a las Normas Básicas del Sistema de Contabilidad Integrada, debido a que estos saldos datan de gestiones anteriores y recientes, debido principalmente a la falta de documentación de las diferentes carpetas de obras y un inadecuado control de los procesos de contratación y pago de planillas Son gastos incurridos en las Construcciones y Supervisión de las Obras para la comunidad, también se podría decir que son costos incurridos por la Construcción de Obras para la utilidad y bienestar de la colectividad, tales como caminos, puentes, plazas y otros. Son bienes que, por la Legislación Vigente, no pueden ser enajenados. A la conclusión y entrega de estos bienes, deben ser desincorporados del Activo afectando la Cuenta del Patrimonio Público.

Auditoria
Es el examen objetivo y sistemático de las operaciones financieras y administrativas, realizado por profesionales independientes, con posterioridad a su ejecución, con la finalidad de evaluarlas, verificarlas y elaborar un informe que contenga observaciones, conclusiones, recomendaciones y el correspondiente Dictamen cuando corresponda.

Auditoría Gubernamental
La Auditoría Gubernamental, es la acumulación y evaluación objetiva de evidencia para establecer e informar sobre el grado de correspondencia entre la información examinada y los criterios establecidos. 
Es un examen objetivo, independiente, imparcial, sistemático y profesional de las actividades financieras, administrativas y operativas ya ejecutadas por las Entidades del Sector Público con la finalidad de:
 Verificar el grado de eficiencia y eficacia de los Sistemas de Administración y de los Controles Internos implantados.  Opinar sobre la Confiabilidad de los Registros Contables y Operativos. Evaluar los resultados de las operaciones en términos de efectividad, eficiencia y economía.

Auditoría de Control Interno 

Tiene como objetivo evaluar el Sistema de Control Interno, su aplicabilidad y su funcionamiento. En esta Auditoría se deben tener en cuenta el cumplimiento de los componentes del Control Interno, de los que se pueden mencionar:
-          Ambiente de Control
-          Establecimiento de Objetivos  
-          Identificación de Eventos
-          Evaluación de Riesgos 
-          Respuesta al Riesgo 
-          Actividades de Control
-          Información y comunicación
-          Monitoreo
Afirmaciones de los Estados Financieros

-          Existencia. - Los Activos y Pasivos existen.
-          Integridad. - Todas las transacciones se han incluido y expuesto en los estados financieros. Exactitud. - Todas las transacciones se registraron exactamente.
-          Propiedad. - Los Activos son propiedad de la entidad.
-          Exigibilidad. - Los créditos representan derechos de cobro y los pasivos representan obligaciones reales.
-          Valuación. - Los Activos, Pasivos y Resultados se encuentran valuados apropiadamente.
-          Exposición. - Las operaciones están presentadas y reveladas adecuadamente. 


 Autonomía municipal

Es la cualidad gubernativa irrenunciable que tienen todos los municipios existentes en el país y aquellos que vayan a crearse y fusionarse de acuerdo a la Ley, esta cualidad consiste en la potestad Legislativa, fiscalizadora, ejecutiva, administrativa y técnica ejercida por el Gobierno Municipal en el ámbito de su jurisdicción territorial y de las competencias establecidas por Ley. La autonomía municipal solo podrá modificarse en el caso de conversión a la condición de autonomía indígena originaria campesina.[1]

 Municipalidad

Es la organización jurídica , económica y administrativa del municipio, la municipalidad es una entidad autonómica de derecho publico, con personaliad jurídica y patrimonio propio. La municipalidad forma parte del Estado y contribuye a la realización de sus fines[2]

Balance General

Muestra a una fecha determinada la situación y cuantificación de los bienes y derechos, expresado en partidas del activo corriente y no corriente.  Las obligaciones a favor de terceros como pasivos corrientes y no corrientes y el correspondiente patrimonio que revela la participación del estado en las entidades públicas y el patrimonio de la comunidad a través del Patrimonio Público.[3]

Bienes de Dominio Público

Son bienes de uso irrestricto por la comunidad como puentes, carreteras, plazas, áreas verdes, etc.  En algunos casos de uso restringido por tasas o derechos que no tienen el propósito de reponer dichos bienes; por ejemplo autopistas, franjas de aterrizaje, etc.
Constituyen activos del Ente ejecutor durante el período de su construcción o mejoramiento, una vez terminados deben darse de baja y registrarse en cuentas de orden.
No constituyen bienes rentables y aun cuando lo fueren tienen siempre un fin distinto al lucro o actividad del mercado privado de los bienes económicos.
Los bienes de dominio público no se deprecian, ni se actualizan.
Los bienes de dominio público no pueden ser enajenados, ni adquiridos por derecho, tienen valor de uso (su fin es prestar un servicio medible cualitativamente) y no así valor de cambio (no son sujetos de intercambio en el mercado).  Por tanto, no pueden ser incluidos en el activo de la institución una vez que estos hayan sido concluidos, ni formar parte de su patrimonio. Igual tratamiento corresponde a toda.[4]

Construcciones en Proceso de Bienes de Dominio Público

Son gastos incurridos en las Construcciones y Supervisión de las Obras para la comunidad, también se podría decir que son costos incurridos por la Construcción de Obras para la utilidad y bienestar de la colectividad, tales como caminos, puentes, plazas y otros. Son bienes que por la Legislación Vigente, no pueden ser enajenados. A la conclusión y entrega de estos bienes, deben ser desincorporados del Activo afectando la Cuenta del Patrimonio Público.[5]


Bienes Municipales Patrimoniales.

Son Bienes Municipales Patrimoniales todos los bienes del Gobierno Autónomo Municipal, sea que los mismos estén destinados a la administración municipal y/o a la prestación de un servicio público municipal.

Exámenes Especiales

Denominada también Auditoría Especial, corresponde a los exámenes de áreas específicas sean estas financieras, administrativas, operativas, tributaria, etc.



Patrimonio Público.

Registro de carácter transitorio que refleja las transferencias y donaciones de capital recibidas, y parte de los recursos corrientes afectados para la construcción de Bienes de Dominio Público. Debe ser disminuido en oportunidad en que dichas construcciones se concluyan y entreguen a la comunidad.

Programa:
conjunto de proyectos de inversión pública con un objetivo común.

Proyecto de inversión pública
De manera general se entiende por proyecto de inversión pública toda solución a cargo de una entidad pública que se idealiza y materializa con la finalidad de satisfacer una o más necesidades de la colectividad o de la propia institución, y puede tratarse de obras, servicios o adquisición de bienes, para cuya ejecución, consecución u obtención, respectivamente, se emplean recursos públicos. esta norma se refiere únicamente a proyectos relacionados con el incremento, mejora o reposición de capital físico de dominio público.

Ciclo de los proyectos de inversión pública
Consiste en el proceso que atraviesa un proyecto de inversión pública desde que nace como idea, se formula y evalúa, entra en operación o se decide su abandono, y cumple con su vida útil. Todo proyecto de inversión pública debe cumplir con este ciclo.
Fases del ciclo de los proyectos de inversión pública:


a)      Preinversión:
Incluye todos los estudios que se deben realizar sobre un proyecto de inversión pública, desde que el mismo es identificado como idea en los planes de desarrollo de los distintos niveles institucionales, hasta que se toma la decisión de su ejecución o abandono.
b)     Ejecución:
Comprende desde la decisión de ejecutar el proyecto de inversión pública y se extiende hasta que se termina su implementación y el mismo está en condiciones de iniciar su operación.
c)      Operación del proyecto:
Comprende las acciones relativas al funcionamiento del proyecto, a efectos de que el mismo genere los beneficios identificados y estimados durante la fase de preinversión.

MARCO METODOLÓGICO
Se aplicaron procedimientos como son necesarios para obtener evidencia suficiente y competente de auditoría que permita concluir sobre la validez de las afirmaciones del ejecutivo, definidas para cada uno de los componentes de los estados financieros. 
El análisis se lo efectuara sobre el 100% de la composición de la cuenta “Construcciones en proceso de dominio publico”
La relación directa entre procedimiento y afirmación ayuda a determinar si los procedimientos seleccionados son suficientes y necesarios.
Existencia u Ocurrencia:
Se refieren a si los activos y pasivos de la entidad existen a una fecha dada y si las transacciones registradas han ocurrido durante un periodo dado.
Integridad:
Si todas las transacciones y cuentas que deben presentarse en los estados financieros han sido incluidas.
Propiedad y exigibilidad. -
Si los activos representan los derechos de la entidad y los pasivos, las obligaciones de la misma a una fecha determinada.
Valuación o aplicación:
Si los comprobantes del activo. Pasivo, ingresos y gastos, han sido incluidos en los estados financieros a los importes apropiados.
Presentación y revelación:
Si los comprobantes particulares de los estados financieros están adecuadamente clasificados descritas y reveladas.
Exactitud:
se refiere a si las partidas o transacciones reflejadas en los estados financieros fueron registrados o procesadas exactamente.

Metodología de la Investigación.

Método Deductivo 
“El método deductivo es aquel que parte de datos generales y que, por medio del razonamiento lógico, pueden deducirse varias suposiciones”. En este sentido, se realizará la evaluación, revisión y análisis de la normativa base para la deducción de la preparación y elaboración de papeles de trabajo que sustente la Auditoría de Proyectos de Inversión Pública.


Método Inductivo.
La inducción es el método de obtención de conocimientos que conduce de lo particular a lo general, de los hechos a las causas y al descubrimiento de leyes”. En este sentido se analizarán las operaciones financieras realizadas por la unidad financiera y técnica de los Gobiernos Autónomos Municipales, con el objeto de verificar el cumplimiento de las normas contables y presupuestarias.

MARCO PRÁCTICO
Antecedentes.

Los aspectos observados a continuación fueron realizados por las Unidades de Auditoría Interna y/o Auditoria Externa en los informes de Confiabilidad de las diferentes gestiones, que se detallan a continuación:


Construcciones en Proceso de Bienes de Dominio Público:

Saldo de Construcciones en Proceso de Bienes de Dominio Público sin movimiento desde gestiones anteriores. En el Examen de Confiabilidad de los Registros y Estados Financieros a fecha de cierre se estableció que en los “Saldos a nivel de auxiliares contables” de las cuentas Construcciones en Proceso de Dominio Público se identificaron casos de obras cuyos saldos, se mantenían sin movimiento desde gestiones anteriores, por cuanto se encontrarían en proceso y que no contarían con actas definitivas de conclusión y/o entrega Las situaciones observadas son punto de dictamen e informes de control interno.

Obras ejecutadas que cuentan con actas de recepción provisional y actas de recepción definitiva que no fueron desincorporadas. En el Examen de Confiabilidad de los Registros y Estados Financieros a fecha de corte, se identificó obras que contaban con Acta de Recepción Definitiva  y que no fue desincorporada de los registros contables de la Cuenta 12361 “Construcciones en Proceso de Bienes de Dominio de Público”.

Inexistencia de Documentación de respaldo al registro de operaciones de Construcciones en Proceso –

Inexistencia de procesoso de contratación para la construcción de inmuebles de dominio publico.

Se registraron cuentas con no están relacionados con el proceso de construcción de bienes de dominio publico

Existen registros contables de obras construidas en gestiones anteriores, que de acuerdo a entrevistas preliminares no cumplen con las características detalladas.



Patrimonio Público:

Falta de verificación de existencia de respaldos suficientes y saldos consistentes con los registros contables en las diferentes gestiones

Etapa de Planificación
La planificación representa el plan general para la Auditoría de Proyectos de Inversión Publica en la cuenta “Construcciones en proceso de Bienes de Dominio Público” de los Gobiernos Municipales.

CONCLUSIONES  
Conclusión General

En relación a lo observado, las Normas Básicas del Sistema de Contabilidad Integrada aprobadas con Resolución Suprema Nº 222957 del 04/03/2005, en el artículo 29 establecen que las Construcciones en Proceso de Bienes de Dominio Público, una vez terminado deben darse de baja y registrarse en cuentas de orden.
Los Reglamento Específico del Sistema de Contabilidad Integrada de los Gobiernos Municipales, en algunos casos aprobados y otros en proceso de aprobación por la instancia correspondiente, reitera los establecido en la Resolución Suprema.

De manera consistente con la normativa descrita, el Instructivo para el Cierre Presupuestario, Contable y de Tesorería de cada gestión, aprobado por el Ministerio de Economía y Finanzas Publicas, establece que “las Construcciones en Proceso de Bienes de Dominio Público, una vez concluidas, deben ser dados de baja, con el Acta Definitiva de recepción y entrega, incorporando al Patrimonio Público los Bienes de Dominio Público”

Se evidencia que las unidades técnicas y los departamentos de contabilidad, no han efectuado el suficiente control sobre el cumplimiento del Instructivo, para que se cuente con información sobre el derecho propietario de los terrenos que serán intervenidos para la ejecución de obras, o que se efectúen acciones inmediatas sobre predios en los que se ejecutan obras, para que se regularice su derecho propietario, más aún si se considera que, independientemente de que las obras se hayan concluido, tal como se demuestra en los casos observados, la referida Dirección debería tramitar y contar con los documentos de derecho propietario, en atención a sus funciones. 

Lo observado, genera riesgo de malversación de recursos económicos y el riesgo de que terceros efectúen reclamos sobre la propiedad de los predios en los que fueron ejecutadas las obras, y que además puedan demostrar su derecho propietario, ocasionando por ello, reclamos por daños y perjuicios causados por uso de espacios privados e inclusive perjuicios económicos a la entidad.

RECOMENDACIONES
Recomendamos al Alcalde Municipal:

a)      Asumir acciones oportunas para el cierre administrativo y contable de las obras ejecutadas en las gestiones correspondientes.
b)      Proceder a la regularización de los saldos de la cuenta Construcciones en proceso de dominio publico, conforme al informe de Auditoria de Proyectos de Inversion Publica
c)      Proceder por las vías legales a la recuperación de recursos, establecido en el informe de Auditoria de Proyectos de Inversion Publica
d)      Implementar controles que optimicen un adecaudo control técnico y contable de las obras en proceso de dominio publico y evitar problemas legales
e)      Sanear el derecho propietario de tierras y terrenos a nombre del Gobierno Autónomo Municipal







BIBLIOGRAFÍA
1. ARENS Alvin A. y LOEBBECKE James K. “Auditoría un enfoque Integral”, 1º ed.
2. Coronel Tapia Carlos, “Auditoría Financiera”, Primera Edición La Paz-Bolivia 2008
3.JULIO P. ROCHA CHAVARRIA, Auditoria Operativa, Segunda Edición Santa Cruz – Bolivia 2015 – 2016.
4. JULIO P. ROCHA CHAVARRIA, Metodologia de la Investigacion, Primera Edicion Santa Cruz – Bolivia 2016 - 2017
5. MÉNDEZ A. CARLOS E., Metodología Guía para Elaborar Diseños de Investigación en Ciencias Económicas, Contables y Administrativas, 2ºed. Colombia.
6. SAMPIERI Hernández Roberto, “Metodología de Investigación”.
7. SLOSSE Carlos A., “Auditoría un Nuevo Enfoque Empresarial”, 2º ed. Buenos Aires- Argentina.
8. WHITTINGTON, Ray y PANY, Kurt. “Auditoría un Enfoque Integral”, 12ª. ed. Bogotá-Colombia: McGraw-Hill, 2001.
9. FREDDY MARCA AGUILAR, Contabilidad Integrada Gubernamental, edicion N° 1, Tupiza – Bolivia 2017

10. Guía para la Aplicación de los Principios, Normas Generales y Básicas de Control Interno Gubernamental - CONTROL INTERNO CI/10 Contraloría General del Estado.
11. Ley de Municipalidades Nº 2028 del 28/10/1999.
12. Ley 1178 de los Sistemas de Administración y Control Gubernamentales de 20 de julio de 1990
13. Normas Básicas del Sistema de Contabilidad Integrada aprobadas mediante Resolución Suprema Nº 222957, de 4 de Marzo de 2005.
14. Principios, Normas Generales y Básicas de Control Interno Gubernamental, aprobadas por la Contraloría General de la República con Resolución Nº CGR-1/070/2000, del 21 de Septiembre de 2000,
15. Resolución Suprema Nº 222957 del 4 de Marzo de 2005 - Normas Básicas del Sistema de Contabilidad Integrada aprobadas con Principios.


[1] Glosario de términos municipales. Ministerio de Autonomías 2012
[2] Glosario de términos municipales. Ministerio de Autonomías 2012
[3] Normas Básicas del Sistema de Contabilidad Integrada
[4] Normas Básicas del Sistema de Contabilidad Integrada
[5] Normas Básicas del Sistema de Contabilidad Integrada